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Título : “Vulneración del derecho a la identidad por prescripción del tiempo para accionar el reclamo de la declaración judicial de paternidad, en la ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua, durante el año 2008”.
Autor : Rodríguez, Christian Israel
Palabras clave : Vulneración del derecho
prescripción
tiempo para accionar el reclamo de la declaración judicial de paternidad
Fecha de publicación : 2010
Resumen : Desde el momento en el que nacen, los niños, niñas y todas las personas, necesitan forjarse a una identidad. Para ello, el primer paso es inscribir el nacimiento en los registros públicos y de esa forma contar con un nombre y el o los apellidos, siendo el mismo trascendental. El Registro Civil universal es la base para que las personas accedan a todos los demás derechos. Además, el registro es un elemento esencial en la planificación nacional a favor de las personas, porque ofrece datos demográficos sobre los cuales diseñar estrategias dentro de un Estado. La identidad de una persona es el conocimiento de su origen, de saber quienes fueron sus padres, y el marco familiar que conformó su entorno al venir al mundo. Muchas personas son desarraigadas de su vínculo biológico por distintas razones: Por ser abandonados por sus propios progenitores de sangre, porque éstos no pudieron hacerse cargo de ellos por motivos económicos o de salud, o porque fueron separados los hijos de sus padres dolosa e inconsultamente, al ser raptados para diversos fines (apropiárselos y criarlos como propios por una paternidad mal entendida, o venderlos como si se tratase de una mercancía). La identidad como derecho fue reconocida en 1989 al incorporarse a la Convención de los Derechos del Niño. Por ella, el Estado está obligado a respetar el derecho del niño a la preservación de su identidad, que incluye el nombre, la nacionalidad y sus relaciones de familia, conforme a la ley, prescindiendo de injerencias ilegales. Este derecho a la identidad según el Pacto de San José de Costa Rica no se suspende ni siquiera ante graves emergencias como guerras o peligros públicos. El derecho a la identidad no se adquiere ni se pierde por prescripción, o sea que siendo imprescriptible el derecho constitucional a la identidad, deriva como consecuencia natural que la acción de investigación de la paternidad también es imprescriptible; por tal es inconstitucional el Art. 257 del Código Civil que limita a 10 años el poder presentar esta acción o sea sólo hasta que una persona tenga 28 años de edad. DESCRIPTORES: Convención sobre los Derechos del Niño, Declaración de los derechos y deberes del hombre, Registro Civil e Identificación, Reclamo de la declaración judicial de la paternidad, Código Civil.
URI : http://repositorio.uta.edu.ec/handle/123456789/1255
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