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Título : La estabilidad laboral y cese del contrato individual por fuerza mayor o caso fortuito por covid-19, Ecuador
Autor : Acosta Morales, María Gabriela
Cuadrado Coba, Vanessa Esthefanía
Palabras clave : COVID 19
ESTADO DE EXCEPCIÓN
TERMINACIÓN LABORAL
CASO FORTUITO
Fecha de publicación : feb-2022
Editorial : Universidad Técnica de Ambato, Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales, Carrera de Derecho
Resumen : The fortuitous event or force majeure is one of the ways by which the employment relationship ends, which is established in article 169, numeral 6 of the Labor Code. For this cause to operate, the events that occurred in the workplace must totally make it impossible to carry out business activities; In other words, the business must be closed, the company bankrupt, etc., otherwise the employer is obliged to maintain the employment relationship. During the State of Exception issued by Executive Decree 1017 of March 16, 2020, to mitigate the spread of COVID19, work activities were paralyzed. For this reason, certain employers applied the act of unforeseeable circumstances or force majeure to disengage workers, but there were certain cases in which work activities were not paralyzed and despite this, employment contracts were illegally terminated. arbitrarily and unjustifiably, the violation of the principle of labor continuity and the right to work in general, which affected part of the country's labor sector since at that time, Ecuadorian legal regulations were not enough to guarantee the principle of labor continuity Since the suspension of work activities was not allowed until the fortuitous event or force majeure is overcome, there was also no possibility of reducing the working day, alternatives that were presented after the State of Exception, which is analyzed within the present investigation from a practical theoretical approach.
Descripción : El caso fortuito o fuerza mayor es una de las formas mediante las cuales termina la relación laboral, misma que se encuentra establecida en el artículo 169 numeral 6 del Código de Trabajo. Los acontecimientos que se presentaron en el ámbito laboral deben imposibilitar de manera total la realización de actividades empresariales; es decir, se debe producir el cierre de los negocios, la quiebra de la empresa etc., caso contrario el empleador está obligado a mantener la relación laboral. Durante el Estado de Excepción emitido mediante Decreto Ejecutivo 1017 de 16 de marzo de 2020, para mitigar la propagación del COVID19, se paralizaron las actividades laborales. La metodología aplicada en la presente investigación se desarrolló en base a un enfoque cualitativo y cuantitativo los mismos que permitieron corroborar la aplicación injustificada de esta figura jurídica. La línea de investigación utilizada fue la exclusión e integración social debido a que la problemática analizada justifica la exclusión a los trabajadores por parte de los empleadores. En tal sentido, la utilización abusiva e injustificada de esta causal afectó a una parte del sector obrero del país ya que, en aquel entonces, la normativa jurídica ecuatoriana, no era suficiente para garantizar el principio de la estabilidad laboral ya que no se permitía la suspensión de actividades laborales hasta que se supere el caso fortuito o fuerza mayor que se presentó con posterioridad al Estado de Excepción, lo cual es analizado dentro de la presente investigación desde un enfoque teórico-práctico.
URI : https://repositorio.uta.edu.ec/jspui/handle/123456789/34166
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