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Título : El reconocimeinto de los hijos, ante la muerte del padre y el reclamo de sus derechos de identidad, consagrados en la Constitución de la República, en el Juzgado sexto de los civil de Ambato.
Autor : Pullupaxi Jarama, Bertha Flor
Palabras clave : RECONOCIMIENTO HIJOS
MUERTE PADRE
Fecha de publicación : 2013
Resumen : La presente investigación tiene como tema “El reconocimiento de los hijos, ante la muerte del padre y el reclamo de sus derechos de identidad, consagrados en la constitución de la republica, en el juzgado sexto de lo civil de ambato” teniendo como problema que incide principalmente la falta de identidad que se produce por la muerte repentina del padre antes de que se lleve a cabo el reconocimiento legal ante la autoridad competente, pese haber realizado muchas averiguaciones se ha llegado a determinar que en muchos casos este problema se da por la falta de comprensión o dialogo entre los padres de dichos menores, lo que produce en ellos un alejamiento total de los mismos, lo que trae como consecuencia que el padre de estos no los reconozca como hijos, lo que produce un rechazo a su hijo por parte de la sociedad, creando en él, el deseo de solicitar el reconocimiento por parte de su padre, y cuando quieren hacerlo se produce una negativa por parte de la ley ya que el art. 257 del Código Civil, limita el derecho que tienen al manifestar que el derecho a solicitar el reconocimiento de paternidad prescribe 10 años después de que el hijo haya cumplido la mayoría de edad, limitando de esta manera el derecho a tener la identidad de su padre. En el presente trabajo de investigación se da a conocer los problemas que acarrea la falta de reconocimiento y el hecho de no tener una identidad paterna ante la sociedad, cuando el padre haya fallecido, y no exista más descendencia que nos permita continuar con el trámite para que se lleve a cabo el reconocimiento, por lo que se hace necesario que en el cuerpo legal correspondiente esto es en el código civil se realice una reforma en donde se manifieste que se consagre como ley de la República el derecho de reclamar la paternidad, aun cuando el padre haya fallecido, realizando el examen de ADN con los restos del cadáver del difunto, sin determinar el tiempo en el que se lo pueda realizar.
URI : http://repositorio.uta.edu.ec/handle/123456789/6324
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