EL APREMIO PERSONAL COMO MEDIDA CAUTELAR NO CUMPLE CON LA FINALIDAD DEL PAGO DE LAS PENSIONES ALIMENTICIAS EN EL JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL CANTÓN PÍLLARO

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2010

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La facultad de jurisprudencia y ciencias sociales exige como requisito previo para la obtencion del titulo de abogada la presentacion y defensa de un trabajo investigativo, el mismo que va a demostrar la capacitacion que ha recibido en la Universidad asi como tambien la habilidad del estudiante de poner en juego estos conocimientos para el ejercicio de su profesion. En el presente caso, se ha selecionado el tema planteado, debido a que es muy recurrente en los Tribunales de Justicia del Ecuador, siendo preciso por lo tanto abordarlo desde distintas facetas: juridicas, psicologicas, humanas y sociales,con el proposito de resolverlo de la mejor manera a fin de lograr una solucion equitativa para los litigantes con el proposito de que la sociedad no sufra resquebrajamientos, creando de ste modo una cultura de razonamiento, equidad y justicia. Todo este trabajo se orienta a defender a la familia como celula fundamental de la sociedad ecuatoriana, pero especialemente a salvaguarfdar la integridad, el dearrollo emocional y psicologico del niño como ente que en un futuro va hacer parte integrante de la sociedad. El objetivo general de este trabajo ha sido fundamentalmente el de buscar y plantear nuevas alternativas para el pago oportuno de los alimentos al menor, desechando el recurso que ahora se utiliza con mayor frecuencia que es el Apremio y encarcelamientodel alimentante que no contribuye en nada a la solucion de los problemas sino que antes por el contrario los agrava, creandose un ambiente de hostilidad entre las partes.

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MEDIDA CAUTELAR, LAS PENSIONES ALIMENTICIAS, APREMIO PERSONAL

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